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BAJO ESCRUTINIO NACIONAL E INTERNACIONAL: GUARDIA NACIONAL Y DERECHOS HUMANOS

LUIS GUTIÉRREZ R.

El viernes 9 de febrero de 2007, al cumplirse el 94 aniversario de la Marcha de la Lealtad, el general de división Guillermo Galván, entonces secretario de la Defensa Nacional, afirmó que sin la lealtad y la disciplina de las fuerzas armadas la lucha por mantener las libertades, la democracia, la justicia, el orden jurídico y la paz sería errática e intransitable.

Dijo también: “En una sociedad democrática y republicana, el Ejército está sometido al escrutinio permanente de los ciudadanos más sencillos o de las inteligencias más agudas”.

Le asistía la razón y no podía ser menos. Se debe recordar que expresó estas afirmaciones cuando iniciaba ya, bajo intensa preocupación y críticas manifiestas de la sociedad, un tórrido y sangriento periodo caracterizado por la llamada “guerra contra el narcotráfico”, en la que el entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa involucró a las fuerzas armadas nacionales, en aras de recuperar la seguridad social.

Fue una guerra perdida, con alto costo de vidas humanas. A la fecha no hay todavía información confiable, pero notas publicadas en los medios, muchas de ellas con datos oficiales, refieren que participaron en ella 220 mil efectivos de las fuerzas armadas (pilotos, soldados y marinos) y 60 mil 500 de la Policía Federal. Las bajas federales oscilan entre 350 y 550 seres humanos abatidos (policías, soldados y marinos) entre 2007 y 2018, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Geografía e Informática (INEGI).

Según el propio INEGI, entre 2007 y 2016 (cuarto año del gobierno de Enrique Peña Nieto) la violencia de esta cruenta lucha había cobrado la vida de alrededor de 305 mil civiles (otras fuentes refieren que pasan de 500 mil). El porcentaje de jóvenes abatidos fue muy alto. La institución contabilizó 118 mil 393 víctimas menores de 30 años de edad. Otro dato oficial: 42 mil 251 jóvenes dentro de ese rango tenían entre 20 y 24 años de edad. Fueron jóvenes de zonas urbanas y rurales, con o sin estudios, en todas las entidades federativas del país.

2019: promesa incumplida

Por encima de su promesa de campaña electoral, de que en cuanto llegara al poder haría que las fuerzas armadas volvieran a los cuarteles y a sus funciones constitucionales, el 14 de noviembre de 2018 el presidente electo Andrés Manuel López Obrador presentó el “Plan Nacional de Paz y Seguridad 2018-2024”, que incluyó la creación de una Guardia Nacional conformada por elementos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Federal para hacer frente a la inseguridad pública en el país.

Ese mismo mes de 2018, el Congreso de la Unión inició la discusión que en apariencia culminó el 27 de mayo de 2019, cuando finalmente se aprobaron las reformas constitucionales y los decretos relacionados con la puesta en marcha de la Guardia Nacional.

En apariencia, decimos, porque la aprobación se dio en medio de un clima de inseguridad y violencia que no tiene parangón en décadas; la sociedad mexicana abrió en su seno uno de los debates políticos y sociales más intensos de la historia de México. Y ese debate continúa. La Guardia Nacional (GN) se integró mayoritariamente por elementos del Ejército y la Marina, y con la cuestionada incorporación de la Policía Judicial Federal. Este último cuerpo policiaco fue objeto de abundantes impugnaciones, inclusive de protestas y reclamaciones que derivaron en un insólito “paro” de actividades de sus elementos en la Ciudad de México y otros sitios del país. Uno de los reproches de la policía fue la presunta violación de sus derechos humanos.

El tema central que provocó críticas y escozor dentro y fuera de México fue ocupar a las fuerzas armadas, con un mal disimulado mando militar, para transformarlas en Guardia Nacional y suplir así la ineptitud, la negligencia, la incapacidad y, en muchos casos, la complicidad de gobernantes y funcionarios públicos que abusaron de su poder y propiciaron la impopularidad e incluso el rechazo de corporaciones policiacas municipales, estatales y federales.

Organismos nacionales e internacionales, expertos de México y del extranjero, paradigmáticos representantes de organizaciones civiles, advirtieron que las policías deben tener bajo su responsabilidad el mantenimiento de la paz pública y la seguridad ciudadana. Garantizar estas condiciones a la ciudadanía es una obligación constitucional del presidente de la República.

Otra es, o era, la misión de las fuerzas armadas: señaladamente preservar la soberanía del Estado mexicano ante cualquier amenaza del exterior.

Haciéndose eco de tal exigencia constitucional avalada por la Constitución, esta fue la demanda invariable de los representantes de Movimiento Ciudadano en las cámaras del Congreso de la Unión. Incluso, en virtud de que la criminalidad ha avanzado a cifras sin precedentes, exigió no dar por terminado el proceso legal que habrá de consolidar la legitimidad de la Guardia Nacional, en tanto no se instaure inequívocamente el mando civil para este cuerpo armado.

Es mucho lo que está en juego. Con disciplina, lealtad, sacrificios no exentos de heroísmo en muchos casos, las fuerzas armadas han construido un prestigio sin parangón en cualquier otra institución nacional. No deben ser inducidas a convertirse en instrumentos de miedo, terror o represión, dada la poca preparación del Ejército para el trato con civiles. El peligro, apuntan críticos y analistas, está en abusos de autoridad, violencia y violaciones a los derechos humanos.

No se debe omitir, además, que continúan las presiones de poderosos intereses para impulsar la militarización no solamente de México, sino de toda América Latina. En este forcejeo lo peor que le puede pasar a nuestras autoridades es caer en la ingenuidad, en el juego de los poderosos. Continúa el interés de las empresas transnacionales por controlar recursos energéticos y los relacionados con la biodiversidad.

Se produce, advierten algunos analistas, un ambiente que favorece la inversión y la generación de empleos, pero que acecha peligrosamente el respeto a los derechos humanos de los más desfavorecidos, de los pueblos indígenas, de las fuerzas de oposición política necesarias en toda democracia.

Ello implica también el acoso inaceptable y abusivo en contra de la libertad de expresión de los medios y los periodistas, a quienes el poder les exige obediencia y sumisión, cuando no silencio ante los abusos y las violaciones a la Constitución. Este acecho ya lo ha manifestado el propio presidente de la República en algunas de sus conferencias de prensa matutinas.

Leyes secundarias

Las leyes secundarias de la Guardia Nacional están bajo el escrutinio nacional e internacional, no obstante que entraron en vigor el martes 28 de mayo pasado, después de que fueron aprobadas por el Congreso de la Unión el día 23 del mismo mes y publicadas en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el día anterior, lunes 27.

El presidente Andrés Manuel López Obrador anticipó que la nueva corporación empezaría a operar a partir del 30 de junio siguiente.

Cuatro son los decretos que integran el marco legal de la reforma: la Ley de la Guardia Nacional, la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, la Ley Nacional del Registro de Detenciones y el que reforma la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La Ley de la Guardia Nacional es reglamentaria del artículo 21 constitucional (y de ahí deriva el voto a favor de las fuerzas de oposición en el Congreso), refiere que la corporación es de carácter civil, disciplinada y profesional, adscrita como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. Define el objetivo de preservar la seguridad pública a cargo de la Federación, pero expresa que, con apego a los convenios que para tal efecto se celebren, debe colaborar “temporalmente” en las tareas de seguridad pública que corresponden a los estados y municipios.

La Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza regula el uso de la fuerza en las instituciones de seguridad pública del Estado y de las Fuerzas Armadas permanentes en labores de seguridad pública. Determina que se empleará con respeto pleno a los derechos humanos y su aplicación eventual será gradual, mediante: persuasión, restricción de desplazamiento, sujeción, inmovilización, incapacitación, lesión grave y muerte.

Esta ley considera como amenazas letales inminentes: el apuntar a una persona con el cañón de un arma de fuego o una “réplica”; no soltar los instrumentos amenazantes después de una advertencia clara de la GN; poner en riesgo la integridad física de una persona con un arma punzocortante, entre otras.

La Ley Nacional del Registro de Detenciones es una de las que ha generado mayor preocupación. Norma la integración y el funcionamiento del Registro Nacional de Detenciones. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana deberá integrar el Registro Nacional de Detenciones e instalar el Sistema de Consulta dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor. Se tendrá una base de datos con información nacional sobre personas detenidas, conforme a las facultades de las autoridades de proceso penal o procedimiento administrativo sancionador. El registro es parte del Sistema Nacional de Información en Seguridad Pública a fin de prevenir la violación de los derechos de toda persona detenida, actos de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, así como la desaparición forzada. Cuando los integrantes de las fuerzas de seguridad pública lleven a cabo una detención forzada deben hacer el registro en el momento en que la persona detenida se encuentre bajo su custodia. La ruta de traslado de una persona detenida podrá ser registrada mediante dispositivos de geolocalización.

La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública establece la obligación de las instituciones de seguridad y de procuración de justicia en los tres órdenes de gobierno de generar, compartir, intercambiar, ingresar, almacenar y proveer información, archivos, documentos y todo dato contenido en las bases informáticas.

Con las reformas a esta ley, en lo sucesivo los estados serán entidades federativas y el Distrito Federal asume en definitiva el nombre de Ciudad de México (CDMX). La Procuraduría General de la República cambia por Fiscalía General de la República y el término salario mínimo queda en Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Retorno a los cuarteles, en el aire

El punto de partida de la tempestad de críticas a la amenazante militarización del Estado mexicano es la promesa incumplida, hasta ahora, del hoy presidente de la República cuando fue candidato: hacer que las fuerzas armadas regresen a los cuarteles y a sus funciones constitucionales.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) pidió en su oportunidad que el ejército sea “sacado de las calles y que cumpla exclusivamente su función (constitucional) de defensa de la soberanía nacional, no de la persecución de la delincuencia”.

El Ejército, ha precisado la CNDH, no se está preparando para ejercer funciones de seguridad pública, responsabilidad que debe recaer en los policías, lo que deriva en abusos de autoridad y episodios de violencia. Más allá en sus expresiones, la CNDH señala: “Diversas fuerzas de oposición interpretan a su vez que la movilización del ejército se realiza con el fin de criminalizar y reprimir la protesta social, que prevén se incremente por la oposición popular a las reformas estructurales propuestas por el Gobierno Federal”.

Militarización encubierta: AI

Amnistía Internacional (AI), organización mundial con alrededor de siete millones de personas que trabajan en favor del respeto y la protección de los derechos humanos, advirtió que la participación de las fuerzas armadas de México en la Guardia Nacional puede derivar en una militarización encubierta.

Entre otros puntos, ha sugerido:
El retiro ordenado de las fuerzas armadas de labores de seguridad pública y transferir a la brevedad las funciones que se le han otorgado a la Secretaría de la Defensa Nacional, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Vigilar que las fuerzas armadas no se involucren en acciones propias de la persecución de delitos y administración de justicia.

Asegurar mecanismos de supervisión técnicos de carácter civil y no solamente parlamentarios, en la vigilancia de respeto a los derechos humanos. El sistema de rendición de cuentas debe incluir una supervisión externa, independiente e imparcial, llevada a cabo por órganos civiles competentes, independientes y técnicamente capaces.