Dip. José Francisco Coronato Rodríguez: Régimen de pequeños contribuyentes

José Francisco Coronato Rodríguez / Diputado Federal de Movimiento Ciudadano en la H. Cámara de Diputados

El Régimen para Pequeños Contribuyentes (REPECOS) es actualmente opcional para las personas físicas de baja capacidad económica y administrativa, con mínimas obligaciones fiscales por cubrir.

Para ser considerado como REPECOS se necesita: ser persona física; realizar actividades empresariales (es decir, comerciales, industriales, de autotransporte o agropecuarias); vender bienes o prestar servicios únicamente al público en general; y haber tenido ingresos en el año anterior de hasta dos millones por las actividades citadas.

En México existen cerca de 15 millones de contribuyentes que están en este régimen, de los cuales el 70 por ciento podría caer en la ilegalidad con las nuevas disposiciones fiscales, que implican el cambio de REPECOS al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).*

Dicho sector económico genera el 90 por ciento de los empleos directos del país; sin embargo, al modificarse su régimen, están obligados a emitir facturas electrónicas, no obstante su escasa capacidad económica.

El 90 por ciento de los cuatro millones de pequeños negocios que actualmente operan bajo el sistema de REPECOS, no cuentan con la capacidad económica, tecnológica ni de conocimiento para cumplir con las disposiciones que involucraría el nuevo mecanismo, toda vez que se pretende darles un trato fiscal similar al de las grandes cadenas comerciales y corporativos.

En México cerca de cinco millones de comerciantes en mercados públicos se verían afectados. Además, dentro de este régimen se encuentran campesinos, integrantes de comunidades indígenas y pequeños comerciantes, entre otros, los cuales estarían imposibilitados para cumplir con sus obligaciones fiscales a través del sistema electrónico tributario.

También, muchos beneficiarios de programas como PROCAMPO dejarían de recibir este apoyo por no contar con la infraestructura tecnológica para cumplir con sus obligaciones fiscales. Cabe recordar que en diversas regiones del país existen comunidades que no cuentan con equipo de cómputo, ni con recursos económicos para contratar a un contador que realice su declaración de ingresos.

Otro aspecto a considerar es que el 60 por ciento de los pequeños comercios están conformados por mujeres, en muchos casos madres solteras, sin un alto grado escolar; o por adultos mayores que carecen de capacitación para la operación de sofisticados sistemas electrónicos de administración.

Según datos de la Cámara Nacional de Comercio en Pequeño (CANACOPE), alrededor de diez millones 800 mil personas que laboran en micro empresas se refugiarían en la informalidad, e incluso caerían en pobreza, con este cambio.

En síntesis, este cambio de régimen resulta poco viable y nada conveniente para este importante sector de nuestra sociedad, ya que originará un sinnúmero de cierres de negocios.

Por ello, se debe buscar la manera de que subsistan los pequeños comerciantes bajo el régimen anterior.

Consciente de ello, he propuesto que en la acción de inconstitucionalidad que 172 diputadas y diputados promovimos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en torno a la homologación del IVA en la frontera, también se incorpore el tema de los contribuyentes del REPECOS que fue propuesto en la reforma hacendaria, debido a que el RIF resulta particularmente violatorio de los principios de equidad y proporcionalidad establecidos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Esperamos que el Máximo Tribunal Jurisdiccional resuelva lo correspondiente.