La reforma político-electoral necesaria

Por el derecho al voto informado

Los partidos políticos deben ser el vehículo de los ciudadanos para ejercer el poder, por lo que hoy tenemos el reto de ponerlos realmente al servicio de la sociedad. Movimiento Ciudadano propone una reforma político-electoral integral que modifique la Constitución, ordenamientos y leyes secundarias para lograr cumplir, en parte, con este reto. Por ello, planteamos reformas sustanciales a los artículos: 41, 99, 115, 116 y 122 de la Constitución. Estas son nuestras propuestas centrales.

La reforma al artículo 41 propone un cambio fundamental: el derecho al voto informado para una mayor cultura cívica y participación democrática de los ciudadanos, para lo cual es necesario: 1) confrontar en debates públicos las plataformas electorales de los partidos políticos y las propuestas e ideas de los candidatos y 2) reorientar el sentido y la óptima utilización de los tiempos oficiales en radio y televisión.

central-reforma-politico-electoral-000

Se busca que el sistema electoral se fortalezca con el debate de las ideas.

Se pugna por el voto informado de los ciudadanos a través de debates entre los candidatos.

Se propone la distribución de los tiempos oficiales en medios masivos de comunicación, en periodo de campaña, de la siguiente manera: 75% para los partidos políticos; 15% para debates entre los candidatos; y 10% para las autoridades electorales y la promoción del voto.

Los debates utilizarán los tiempos ya autorizados de conformidad con la cobertura regional y las frecuencias de los medios en los municipios, distritos y entidades, o cobertura nacional de las elecciones de que se trate.

Los ciudadanos tendrán la oportunidad de escuchar y evaluar las propuestas de los candidatos a los diferentes cargos de elección, desde presidente de la República, diputados federales y senadores, hasta gobernadores, diputados locales y presidentes municipales de las capitales y de las principales ciudades.

Se trata de no utilizar de más el tiempo en spots.

Optimizar el uso de radio y televisión debe servir para que los ciudadanos, informada y razonadamente, emitan su voto.

La confrontación de propuestas y compromisos debe ser el tema más importante para estos espacios.

Fuera de periodos electorales, se propone que el tiempo total del que dispone el órgano electoral se distribuya de la siguiente manera: 50% entre los partidos políticos, de forma igualitaria; 25% para programas de análisis y debate sobre las plataformas, agendas legislativas, posicionamientos, y agenda nacional; y 25% para fines propios de las autoridades electorales.

Así podrá existir un contraste real de ideas entre partidos políticos en épocas no electorales.

La reforma al artículo 41 da vida jurídica al Instituto Nacional Electoral (INE), en lugar del Instituto Federal Electoral y de los Institutos Electorales Estatales.

El Instituto Nacional Electoral será la única entidad encargada de organizar las elecciones de todas las autoridades de representación popular.

Para el fortalecimiento del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación proponemos la reforma a los artículos 99 y 116 Constitucionales para ampliar sus capacidades y atribuciones, a fin de garantizar plenamente los derechos de los ciudadanos.

Con ese objetivo, planteamos asimismo la creación de juzgados de instrucción electoral para quejas y denuncias a fin de acercar a los ciudadanos su investigación, así como para atender todo lo relacionado al uso de tiempos y contenidos en medios, propaganda y actos anticipados de precampaña y campaña.

La nueva distribución geográfica de las Salas Regionales en circuitos judiciales electorales garantizará el fácil acceso a la impartición de justicia, al acercar la primera instancia jurisdiccional electoral a la ciudadanía, ya que actualmente la adscripción se liga a la circunscripción electoral.

Como resultado de esta nueva estructura, se propone establecer una tercera instancia extraordinaria ante el Pleno de la Sala Superior para aquellos asuntos trascendentales en los que, aun cuando hayan sido resueltos en sentencias por los magistrados de circuito, prevalezca la norma impugnada.

A efecto de que no subsistan normas inconstitucionales, se establece el recurso de regularidad constitucional.

Formulamos que se faculte a la Sala Superior para conocer, investigar y resolver las violaciones al voto universal, libre y secreto.

Movimiento Ciudadano propone en el artículo 116 Constitucional, que durante el primer y quinto año de gobierno del titular del Poder Ejecutivo federal, no se realicen elecciones.

El objetivo es lograr en el primer año la construcción de acuerdos necesarios para la gobernabilidad, dentro del marco constitucional.

La finalidad es también permitir en el quinto año la plena realización de los programas de gobierno que se encuentran en etapa de consolidación.

La reforma de los artículos 41, 115, 116 y 122 de la Constitución, da sustento a la Ley General de Partidos Políticos y Candidaturas Independientes propuesta por Movimiento Ciudadano.

Dicha ley tutela el interés de los ciudadanos en lo que significa un importante avance para garantizar su participación directa en la vida democrática del país mediante candidaturas independientes.

Movimiento Ciudadano plantea, para garantizarlas, la regulación de las candidaturas independientes mediante procedimientos claros y accesibles.

Se propone que para las diferentes elecciones, todos los ciudadanos que quieran participar como candidatos independientes realicen precampañas a efecto de que, mediante el voto informado, la ciudadanía ejerza a plenitud su derecho a elegir.

Utilizar la precampaña, mecanismo previsto en la ley, da certeza en la participación, igualdad de oportunidades y acceso de los ciudadanos al poder público.

El procedimiento propuesto es apegado al derecho universal de votar y ser votado.

Proponemos que los partidos políticos sean responsables ante la ciudadanía del incumplimiento de sus plataformas electorales.

Los partidos deben estar obligados en todo momento a cumplir las propuestas mediante las cuales conquistaron la confianza ciudadana que llevó a sus candidatos al gobierno o a cargos de representación popular.

central-reforma-politico-electoral-001

Se propone la homologación de los criterios de las causales de nulidad de las elecciones, incluido el uso de dinero de procedencia ilícita en procesos electorales.

Se plantean sanciones ejemplares a partidos y candidatos por violaciones a las leyes electorales tipificando todos los delitos electorales como graves.

Se propone sancionar de manera ejemplar (pérdida de empleo y sanción penal), a los servidores públicos y a los funcionarios electorales que violenten las normas del proceso electoral en favor de partidos o candidatos.

central-reforma-politico-electoral-002

Se propone una Ley de Partidos Políticos y Candidaturas Independientes que regule la democracia interna de los partidos, a fin de proteger inexcusablemente los derechos de afiliados y militantes, y de tener procesos que garanticen la participación de sus integrantes en condiciones de igualdad en la elección de dirigentes y candidatos.

Se formula la fiscalización de los recursos de los partidos políticos, antes y durante la jornada electoral.

Se propone la posibilidad de que los candidatos independientes también sean beneficiados por el principio de representación proporcional.

central-reforma-politico-electoral-003

Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE)

Dotar al Instituto Nacional Electoral de todas las facultades necesarias para que organice los procesos electorales federales y locales.

Sobre las coaliciones, se propone la reforma al artículo 98, para que se especifique con claridad y precisión el monto porcentual que cada partido aporta a la coalición.

Cada partido debe reportar de manera directa los gastos realizados en campaña y ser responsable por ley del uso de los recursos.

Para el caso de impugnación, se acreditará a quién o quiénes sean los representantes de la coalición.

La fiscalización a los partidos estará a cargo de un órgano técnico del Consejo General del INE.

Su titular será designado por el voto de las dos terceras partes del Consejo, a propuesta del presidente.

La reforma al artículo 111 del COFIPE señalará las causas para la remoción de los consejeros, cuando éstos atenten contra los principios rectores de la Constitución e incurran en la violación o inobservancia del Código Electoral.

Para que los ciudadanos residentes en el extranjero puedan votar, se propone que el Registro Federal de Electores tenga facultades para el trámite y la expedición de la credencial para votar en embajadas o consulados. Lo anterior permitirá depurar el padrón nacional de todos los migrantes.

El equilibrio de género es un compromiso fundamental. La representación legislativa deberá revertir la sub-representación de las mujeres.

Proponemos que la totalidad de las solicitudes de registro se integren con al menos 40% de candidatos en fórmula de propietarios y suplentes del mismo género.

central-reforma-politico-electoral-004